La Ley 35/2015 de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación establece un nuevo baremo para la valoración de daños en accidentes de tráfico en España. En cuanto a las secuelas que se recogen en el baremo, la ley establece una serie de criterios y tablas para la valoración de daños y perjuicios, clasificando las lesiones en función de su gravedad y estableciendo un sistema de puntuación para determinar la indemnización correspondiente.
Entre las secuelas que se recogen en el baremo de la Ley 35/2015, se encuentran las siguientes:
- Lesiones permanentes no invalidantes: Son aquellas lesiones que no impiden al afectado llevar a cabo su actividad habitual, pero que pueden causar ciertas molestias o limitaciones. Por ejemplo, dolores crónicos, cicatrices, pérdida de una extremidad o disfunciones sexuales leves.
- Lesiones permanentes parciales: Son aquellas que afectan a alguna función o capacidad del afectado, pero que no le impiden realizar su actividad habitual. Por ejemplo, limitación de la movilidad de alguna articulación, pérdida parcial de la visión o audición, pérdida parcial de la capacidad de trabajo.
- Lesiones permanentes totales: Son aquellas que impiden al afectado llevar a cabo su actividad habitual. Por ejemplo, tetraplejia, paraplejia, amputación de ambas extremidades inferiores, ceguera total.
- Lesiones temporales: Son aquellas que producen una incapacidad temporal para el trabajo o para llevar a cabo la actividad habitual del afectado. En función del tiempo que dure esta incapacidad, se establecen distintas tablas de indemnización.
- Daño moral: Se refiere al sufrimiento psicológico que se deriva del accidente, como el dolor, la angustia, la ansiedad, el estrés postraumático, etc.
En el baremo de la Ley 35/2015 se establecen unas tablas de indemnización para cada tipo de lesión o secuela, en función de su gravedad y de otros factores, como la edad del afectado o las circunstancias del accidente. Estas tablas se actualizan periódicamente para adaptarlas a la inflación y a otros factores económicos.