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A continuación analizaremos los principales conceptos y definiciones a la luz del Baremo de accidentes regulado en el Texto Refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre (en lo sucesivo “LRCSCVM”) de conformidad con la reforma por la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, es decir, el NUEVO BAREMO DE ACCIDENTES.
LAS LESIONES TEMPORALES:
PERJUICIO PERSONAL PERSONAL BÁSICO es el perjuicio COMÚN que se padece la persona que sufre un accidente desde la fecha del accidente HASTA el final del proceso curativo o hasta hasta la estabilización de la lesión y su conversión en secuelas.
¿Cuál es su valor económico?
GRADOS DEL PERJUICIO POR PÉRDIDA DE CALIDAD VIDA
LA PÉRDIDA DE AUTONOMÍA PERSONAL.
La pérdida de autonomía personal consiste en el menoscabo físico, intelectual, sensorial u orgánico que impide o limita la realización de las actividades esenciales de la vida ordinaria.
¿CUÁLES SON LAS ACTIVIDADES ESENCIALES DE LA VIDA ORDINARIA?
Se entiende por actividades esenciales de la vida ordinaria:
LA PÉRDIDA DE DESARROLLO PERSONAL
La pérdida de desarrollo personal consiste en el menoscabo físico, intelectual, sensorial u orgánico que impide o limita la realización de actividades específicas de desarrollo personal.
¿CUÁLES SON LAS ACTIVIDADES ESPECÍFICAS DE DESARROLLO PERSONAL?.
Se entiende por actividades de desarrollo personal aquellas actividades, tales como las relativas al disfrute o placer, a la vida de relación, a la actividad sexual, al ocio y la práctica de deportes, al desarrollo de una formación y al desempeño de una profesión o trabajo, que tienen por objeto la realización de la persona como individuo y como miembro de la sociedad.
GRADOS DEL PERJUICIO PERSONAL POR PÉRDIDA TEMPORAL DE CALIDAD DE VIDA.
El perjuicio por pérdida temporal de calidad de vida puede ser MUY GRAVE, GRAVE O MODERADO.
El impedimento psicofísico para llevar a cabo la actividad laboral o profesional se reconduce a uno de los tres grados precedentes.
Los grados de perjuicio son excluyentes entre sí y aplicables de modo sucesivo. En todo caso, se asignará un único grado a cada día.
EL PERJUICIO MORAL POR PÉRDIDA DE CALIDAD DE VIDA OCASIONADA POR LAS SECUELAS.
La indemnización por pérdida de calidad de vida tiene por objeto compensar el perjuicio moral particular que sufre la víctima por las secuelas que impiden o limitan su autonomía personal para realizar las actividades esenciales en el desarrollo de la vida ordinaria o su desarrollo personal mediante actividades específicas.
¿CUÁLES SON LOS GRADOS DEL PERJUICIO MORAL POR PÉRDIDA DE CALIDAD DE VIDA?.
El perjuicio por pérdida de calidad de vida puede ser muy grave, grave, moderado o leve.
LA INDEMNIZACIÓN POR TRAUMATISMOS MENORES DE LA COLUMNA VERTEBRAL.
Los traumatismos cervicales menores que se diagnostican con base en la manifestación del lesionado sobre la existencia de dolor, y que no son susceptibles de verificación mediante pruebas médicas complementarias, se indemnizan como lesiones temporales, siempre que la naturaleza del hecho lesivo pueda producir el daño de acuerdo con los criterios de causalidad genérica siguientes:
La secuela que derive de un traumatismo cervical menor se indemniza sólo si un informe médico concluyente acredita su existencia tras el período de lesión temporal.