Indemnización por diaria en accidentes de tráfico. Ejemplo con accidente de moto

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Indemnización por diaria en accidentes de tráfico. Ejemplo con accidente de moto

indemnización por accidente de moto. Abogados

Si has sufrido un accidente de tráfico y tienes lesiones, lo más seguro es que tengas derecho a una indemnización diaria que sirve para indemnizar todos los perjuicios que te haya ocasionado el accidente. Tras finalizar el tratamiento que te haya prescrito el traumatólogo, médico rehabilitador o de cabecera, habrá que realizar un cálculo de días de perjuicio (lo recomendable siempre es que lo haya un abogado especializado en accidentes). En esta sección, hablaremos de los días de curación o de lesiones temporales que dan derecho a una indemnización por accidente.

  • PERJUICIO PERSONAL POR PÉRDIDA TEMPORAL DE CALIDAD DE VIDA (ART. 137 del Baremo)

La indemnización por pérdida temporal de calidad de vida compensa el perjuicio moral particular que sufre la víctima por el impedimento o la limitación que las lesiones sufridas o su tratamiento producen en su autonomía o desarrollo personal.

 GRADOS DE PERJUICIO PERSONAL POR PÉRDIDA TEMPORAL DE CALIDAD DE VIDA

 • Muy grave: Es aquel en el que el lesionado pierde temporalmente su autonomía personal para realizar la casi totalidad de actividades esenciales de la vida ordinaria. El ingreso en una Unidad de Cuidados Intensivos constituye un perjuicio de este grado. Su indemnización es de 100 € por día, que según la actualización del 2017 pasa a 100,25 € y para el 2018 a 100,50 €.

Grave: Es aquel en el que el lesionado pierde temporalmente su autonomía personal para realizar una parte relevante de las actividades esenciales de la vida ordinaria o la mayor parte de sus actividades específicas de desarrollo personal. La estancia hospitalaria constituye un perjuicio de este grado. Su indemnización es de 75 € por día, que según la actualización del 2017 pasa a 75,19 € y para el 2018 a 75,38 €.

• Moderado: Es aquel en el que el lesionado pierde temporalmente la posibilidad de llevar a cabo una parte relevante de sus actividades específicas de desarrollo personal. Su indemnización es de 52 € por día, que según la actualización del 2017 pasa a 52,13 € y para el 2018 a 52,26 €.

El impedimento psicofísico para llevar a cabo la actividad laboral o profesional se reconduce a uno de los tres grados precedentes. Los grados de perjuicio son excluyentes entre sí y aplicables de modo sucesivo. En todo caso, se asignará un único grado a cada día.  La cuantía diaria establecida por cada uno de los grados incorpora ya el importe del perjuicio personal básico.

  • PERJUICIO PERSONAL PARTICULAR CAUSADO POR INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS EN ACCIDENTE DE TRÁFICO

El perjuicio personal particular que sufre el lesionado por cada intervención quirúrgica a la que se someta se indemniza con una cantidad situada entre 400 € hasta 1.600 €, en atención a las características de la operación, complejidad de la técnica quirúrgica y tipo de anestesia. Según la actualización del 2017 pasa a ser de 401 hasta 1.604 € y para el 2018 de 402 hasta 1.608,01 €.

 

EJEMPLO DE INDEMNIZACIÓN POR LESIONES TEMPORALES A UN MOTORISTA:

A continuación vamos a ver un ejemplo de indemnización diaria y de secuelas, que sufrió uno de nuestro clientes motorista cuando fue envestido en su moto por un vehículo en Madrid, al saltarse un ceda al paso, sufriendo lesiones cervicales y en el hombro (luxación acromioclavicular).

LESIONES TEMPORALES o INDEMNIZACIÓN DIARIA (93 DÍAS):

PERJUICIO PERSONAL BÁSICO: El perjuicio personal básico por lesión temporal es el perjuicio común que se padece desde la fecha del accidente hasta el final del proceso curativo o hasta la estabilización de la lesión y su conversión en secuela (Artículo 134 del LRCSCVM). Este periodo de sanidad es el comprendido entre el día 9 de junio del 2016 en que tuvo lugar el accidente, y el de estabilización de las lesiones, que entendemos se produce al alta de rehabilitación en fecha 9 de septiembre de 2016. Habiendo transcurrido, pues, un periodo de 93 días, corresponde en base al baremo de tráfico en el momento del accidente en concepto de perjuicio personal básico por lesiones temporales la cantidad de 790 € fruto de multiplicar el periodo de sanidad por 30 euros.

  • 93 días x 30 € = 790 €

PERJUICIO PERSONAL PARTICULAR: La indemnización por pérdida temporal de calidad de vida compensa el perjuicio moral particular que sufre la víctima por el impedimento o la limitación que las lesiones sufridas o su tratamiento producen en su autonomía o desarrollo personal (Artículo 137 de la LRCSCVM). Sí pues, el Artículo 54 define por actividades de desarrollo personal aquellas actividades, tales como las relativas al disfrute o placer, a la vida de relación, a la actividad sexual, al ocio y la práctica de deportes, al desarrollo de una formación y al desempeño de una profesión o trabajo, que tienen por objeto la realización de la persona como individuo y como miembro de la sociedad.

Del periodo de sanidad expresado, permaneció incapacitado para sus ocupaciones habituales perdiendo temporalmente la posibilidad de llevar a cabo una parte relevante de sus actividades específicas de desarrollo personal durante 58 días, los cuales causó baja laboral. Por lo tanto, habiendo existido una pérdida de calidad de vida moderada durante dicho lapso de tiempo habremos de adicionar una cantidad extra de 22 euros* para cada uno de esos días.

  • 58 días x 22 € = 276 €.

* En la práctica daría lo mismo multiplicar los 58 días x 52 € y los 41 días restantes x 30 €, que multiplicar todo el periodo por 30 € y los días de impedimento por 22 euros.

Por tanto, reclamamos en concepto de lesiones temporales la cantidad de 4.066 €.

            SECUELAS (34 AÑOS):

CAPITULO III- SISTEMA MÚSCULOESQUELETICO

  1. B) COLUMNA VEREBRAL. 2.- Columna Vertebral (no derivada de traumatismo menor)

-Algias postraumáticas. Sin compromiso radicular y/o síndrome cervical asociado (1-5 puntos). El paciente ha estado en tratamiento por cervicalgia desde el accidente, y en el momento del alta con estabilización de los síntomas presenta contractura cervical y cervicalgia establecida, por lo que se deben considerar 3 puntos por la persistencia de los síntomas tras el tratamiento.

  1. D) EXTREMIDAD SUPERIOR. 2.-Cintura escapular y hombro

2.2 Hombro

    -Limitación de Movilidad.

            -Abducción (N: 180 grados): Mueve más de 90 grados (1-5 puntos).

             -Flexión Anterior (N: 180 grados): Mueve más de 90 grados (1-5 puntos)

            – Artrosis postraumática y/o hombro doloroso (1-5 puntos)

El paciente presenta luxación de hombro derecho en el accidente que requiere reducción en urgencias y posterior tratamiento rehabilitador, y en el momento del alta con estabilización de los síntomas presenta dolor en reposo y a la movilización del hombro así como limitación en los últimos grados de movilidad para la abducción y la flexión anterior, así como deformidad en área anterior de hombro derecho, por lo que se deben considerar 3 puntos por la persistencia de dolor y 5 puntos por la limitación de la movilidad tras el tratamiento.

11 puntos = 10.954,55 €.

INDEMNIZACIÓN POR LESIONES = 15.020,55 €.

 

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